Concejo Deliberante de Huerta Grande

                                                      

La oposición presentó un proyecto de ordenanza para ordenar la transición de gobierno


El bloque de oposición en el Concejo Deliberante de Huerta Grande, compuesto por el intendente electo Germán Corazza y los ediles Natalia Ariza y Cristian Abregú, presentó un proyecto de ordenanza para “… asegurar un ordenado, prolijo y eficiente proceso de transición entre las autoridades que han sido electas y aquellas que se encuentran en funciones…”.

 

En los fundamentos del instrumento se señala que se lo propone “… a los fines de de salvaguardar los intereses y derechos de los ciudadanos de la localidad de Huerta Grande, frente al cambio de autoridades es menester contar con una normativa que de manera ordenada y prolija garantice la transición de autoridades y la eficacia y transparencia de las funciones de gobierno y servicios públicos.

Que tal normativa, necesariamente, no debe incidir en el normal desarrollo de las actividades de las autoridades en ejercicio, pero si dotar de transparencia el cambio, evitando que la falta de información limite los intereses de las personas de Huerta Grande u obstaculice y/o demore los proyectos en su beneficio”.

 

En la faz resolutiva, indica que el alcance de la normativa es el de regular “… el periodo de transición de las autoridades políticas en el ámbito del Poder Ejecutivo Municipal y comprende todas aquellas acciones que resulten necesarias para facilitar el cambio de la Administración, estableciéndose específicamente el derecho de las autoridades electas, de quienes conformarán sus equipos de trabajo, y el consecuente deber de las autoridades políticas en ejercicio de funciones de brindar toda la información concreta y detallada que sea menester sobre el estado del gobierno municipal”.

 

Sostiene, asimismo, que alcanza a todas las áreas municipales, organismos centralizados y descentralizados, como también a la relación con el Concejo Deliberante y Tribunal de Cuentas.

 

Define que la autoridad de aplicación es el Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno u organismo que lo reemplace.

 

Establece que “Dentro de los diez días posteriores al inicio del periodo de transición, el responsable político de cada una de las áreas del municipio deberá entregar a las autoridades electas memoria detallada del estado de la municipalidad en lo relativo a cada área de gestión que contará como mínimo de lo siguiente: Organigrama y nómina de autoridades y personal de la planta permanente y no permanente u otra modalidad de contratación, incluyendo consultores, pasantes y personal contratado, detallando sus respectivas funciones y posición en el escalafón.

Estado de ejecución del presupuesto, situación económica y financiera de la administración central de los organismos descentralizados, secretarías, instituciones, empresas y entes. Informe de la Contaduría y auditorías realizadas. Inventario actualizado”.

 

Exige, también, situación de procesos judiciales, extrajudiciales y administrativos en que el municipio sea parte actora o demandada; estado de contrataciones públicas, licitaciones, concursos, obras públicas, adquisiciones de bienes y servicios, en curso o pendientes, especificando objetivos, características y monto; permisos, concesiones y autorizaciones otorgadas respecto de bienes municipales y sus titulares.

 

En lo que respecta a personal, mantiene que deberá informarse el “Ingreso de Personal desde el inicio del periodo de transición y hasta la asunción de autoridades electas, se suspenderá de pleno derecho el ingreso de personal a la planta permanente, las promociones y recategorizaciones, los concursos para cubrir vacantes se postergarán al ejercicio siguiente. Las asignaciones de planta no permanente serán por un periodo que no exceda el 31 de diciembre del año en curso. Excepcionalmente se podrá apartar de la regla dispuesta en la presente por razones de necesidad y/o urgencia en cuyo caso será menester la ratificación aprobada por mayoría de dos tercios de los miembros del Concejo Deliberante”.

 

Será necesaria también la aprobación del Poder Legislativo para la contratación de obras o servicios que impliquen pagos posteriores al 10 de diciembre de 2023 y para obras y servicios que impliquen un costo igual o superior al concurso de precios.

 

Finalmente, establece que el periodo de transición iniciará a partir del aprobado de la ordenanza en cuestión.

 

Consultado el intendente electo, Germán Corazza, sobre las razones que impulsaron la presentación, indicó que “La falta de diálogo. No hemos  podido hablar con el intendente. Es más, ni siquiera me ha saludado tras el triunfo. Logré hablar con uno de sus allegados y me dijo que la transición sería ordenada, pero nunca me llamaron para corroborar esos dichos. Ante eso, no quedaban alternativas, nos asesoramos con profesionales del Foro de Intendentes y decidimos por la presentación de la ordenanza, probablemente impulsemos otras”.

Interpelado por si estimaba que conseguirían aprobarla, mantuvo que “Creo que sí, de no ocurrir nada extraordinario, me parece que estamos en mayoría”.